Ordenanza Nº 15/2017


VISTO:

El acta acuerdo de rescisión de convenio de adhesión al régimen de policía de prevención local e incorporación a régimen de policía comunal y  convenio de rescisión firmados por el Intendente Municipal Juan Manuel ALVAREZ y el Ministro de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires Cristian Adrián RITONDO y;

CONSIDERANDO

Que la mencionada incorporación le permitirá al distrito aumentar de manera sustancial, la operativa de los recursos destinados a la seguridad de nuestros vecinos;

Que la rescisión e incorporación son realizados de manera concomitante y por lo tanto no afectan el desempeño de las fuerzas de seguridad de nuestro distrito;

Que dichos acuerdos fueran solicitados oportunamente de manera expresa por el Ministerio de seguridad de la Provincia de Buenos Aires;

Que la incorporación al régimen de Policía Comunal no modificara las tareas que desempeñan actualmente los agentes pertenecientes a la Policía Local;

Que la  incorporación al régimen de Policía Comunal no  modificará las tareas que desempeñan actualmente el ascenso escalafonario en la carrera policial;

Que los agentes podrán mejorar sus ingresos al poder incorporar horas Co.Res.;

Que la referida incorporación demuestra el compromiso por trabajar de manera conjunta en todo aquello relacionado con la prevención y la presencia policial en la vía pública;

Por ello el Honorable Concejo Deliberante de General Paz en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades sanciona la presente 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1ºAprobar el acta acuerdo de rescisión de convenio de adhesión al régimen de policía de prevención local e incorporación al régimen de policía comunal y el convenio de rescisión firmados por el Intendente Municipal y el Ministro de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, que como Anexo I y II forman parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 2º: Los gastos administrativos y operativos que origine la funcionalidad de la policía local serán afectados a la partida presupuestaria correspondiente.

ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo y archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 12 días del mes de Junio de 2017.



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