Cartagena


Fallo obliga al Distrito a crear política pública para protección de La Popa

ELEANA MARTELO TIRADO

24 de marzo de 2017 06:08 PM

En una sentencia de primera instancia, el Juzgado Séptimo Administrativo de Cartagena ordena a la Alcaldía poner en marcha, en el plazo de un año, una política pública para la protección integral del Cerro de La Popa en aras de garantizar los derechos colectivos de los cartageneros y frenar el crecimiento de la urbanización ilegal en el lugar.

Por su parte, el Establecimiento Público Ambiental (EPA) deberá aprobar e implementar un plan de protección integral ambiental. Este deberá estar listo, también, en 1 año.

La decisión se tomó tras una acción popular instaurada por la Defensoría Regional del Pueblo el 28 de marzo del año pasado, en cabeza, en ese entonces, de Irina Junieles Acosta. (Lea: Interponen acción popular contra el Distrito para que proteja Cerro de La Popa).

En el fallo, además, se pide "que se declaren vulnerados los derechos colectivos al goce del medio ambiente, a la realización de construcciones y desarrollos urbanos, dando prioridad a la calidad de vida de los habitantes y al equilibrio ecológico, debido al estado en que se encuentra la zona paisajística del Cerro de La Popa, producto de la urbanización ilegal".

Censo de personas asentadas

Además, se ordena al Distrito y a la autoridad ambiental "realizar un censo de las personas que habitan en asentamientos ilegales y adoptar medidas tendientes a evitar que hayan nuevas invasiones". Este registro debe iniciarse en los sectores de Kennedy, Loma del Rosario, Loma del Diablo y la Bendición de Dios, para lo cual la Alcaldía tiene 6 meses para ejecutarlo, y 4 meses para erradicar la urbanización ilegal nueva, distinta a la ya existente.

Adicional a esto, se debe diseñar un plan de choque para desarrollar obras urgentes y necesarias para mitigar la vulnerabilidad ambiental, así como "la recuperación, conservación y sustitución de la zona con el objeto de reforestar el área afectada. Para esto, el Distrito tendrá 1 año.

Vivienda digna para los desalojados

El Juzgado Séptimo Administrativo también exige que se cree un programa que garantice una vivienda digna a las personas afectadas con la decisión. "Se tendrá en cuenta el censo de las personas que actualmente habitan la zona y una vez puesto en marcha el proyecto para reubicar a las familias, se procederá al desalojo de las mismas y a la destrucción de las casas, para evitar una nueva invasión". En 18 meses la Administración Distrital deberá realizar este proceso.

Comité de Seguimiento y Verificación

Para que el fallo se cumpla a cabalidad, la sentencia ordena finalmente crear un Comité de Seguimiento y Verificación, el cual deberá estar integrado por el juez, el Procurador 175 Judicial 1 delegado, la Defensoría del Pueblo, la Alcaldía y un representante de una comunidad aledaña al Cerro. Este comité deberá conformarse dentro de los 15 días siguientes a la sentencia.

Se ha producido un error al procesar la plantilla.
Invocation of method 'get' in  class [Ljava.lang.String; threw exception java.lang.ArrayIndexOutOfBoundsException at VM_global_iter.vm[line 2204, column 56]
1##----TEMPLATE-EU-01-V-LDJSON----
 
2   
 
3#printArticleJsonLd()
 

Comentarios ()

 
  NOTICIAS RECOMENDADAS