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Humanos no puede usar estos derechos como instrumento para la consolidacin de un modelo poltico y ser incompatible
con principios y derechos a la soberana popular y a la participacin inclusiva de todos los venezolanos y venezolanas.
La formulacin de un Plan Nacional de Derechos Humanos debe permitir cotejar el cumplimiento de las obligaciones del
Estado con la situacin actual y progresiva de los derechos humanos dentro de un perodo de tiempo determinado. La
forma actual de la Propuesta no lo admite, puesto que no est estructurada conforme a la Constitucin ni a los tratados y
estndares internacionales, permitiendo que se puedan omitir medidas correctivas de polticas que no cumplen o violan
derechos humanos, as como ignorar recomendaciones de rganos internacionales, que estn ausentes en la Propuesta.
Por ltimo, la Propuesta enumera una gran cantidad de objetivos, pero no desarrolla la metodologa que se implementar
para alcanzar cada uno de ellos, tampoco detalla los mecanismos e instituciones responsables que se encargarn de
llevarlos a cabo ni seala los recursos presupuestarios con los que se contar para la ejecucin del plan.
En este sentido, las organizaciones de la sociedad civil que suscribimos este documento nos permitimos recomendar:
1.
El Plan debe facilitar al Estado venezolano el cumplimiento de sus obligaciones con los derechos humanos
establecidas en la Constitucin y en los Tratados y Convenios Internacionales, en su mayora ratificados por Venezuela,
incluyendo las recomendaciones de los rganos de los tratados y las adoptadas en el Examen Peridico Universal (EPU)
realizado en el ao 2011, con la asistencia tcnica de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas sobre
Derechos Humanos.
2.
El Plan debe fundamentarse en los derechos humanos universales e incorporar de forma explcita los estndares
internacionales para garantizarlos. Estos derechos no han sido concesiones ni son adaptables a intereses e ideologas;
se han conquistado a costa de una larga historia de luchas y sacrificios y representan el mnimo de aspectos de la
dignidad humana que deben ser garantizados.
3.
El Plan debe elaborarse a partir de un diagnstico previo de forma participativa y con base en una consulta amplia
sobre los problemas comunes que afectan los derechos humanos. Si este diagnstico se omite, no se puede saber para
qu son las acciones y si stas son las ms efectivas. A la construccin de un plan de derechos humanos debe drsele un
margen de tiempo que abarque, al menos, un ao de diagnstico y un ao de formulacin, plazos que pueden
verificarse en otros pases de la regin donde se han promovido iniciativas similares.
4.
El Plan debe discutirse extensamente con la sociedad y con toda la diversidad de organizaciones presentes en su seno,
siendo el resultado de un amplio consenso de sectores diversos. Es indispensable entonces la difusin completa del
contenido de la propuesta, as como un proceso claro y transparente de consulta y garantas a la incorporacin de los
aportes, conforme a obligaciones constitucionales del Estado y procedimientos de consulta previa establecidos en la
legislacin nacional. Si el plan no parte de la discusin con todos los sectores sociales, no tendr futuro.
5.
El Plan debe hacer mencin a los procesos de consulta con los pueblos originarios, haciendo explcito el mecanismo a
travs del cual se garantizar su consentimiento previo, libre e informado en toda decisin que pueda afectar el
ejercicio de sus derechos, as como el derecho a la (auto) demarcacin de los territorios indgenas.
6.
El Plan debe abordar la totalidad de los derechos civiles, culturales, econmicos, polticos y sociales, y formular
objetivos, polticas y acciones especficas hacia las minoras y grupos poblacionales vulnerables, partiendo de un
diagnstico profundo y participativo con ellos y el acceso a informacin pblica sobre la gestin de gobierno acerca de
las problemticas que les afectan, incluyendo una visin amplia de las diversas formas de discriminacin existentes en
nuestra sociedad que estn basadas en el gnero, la orientacin sexual, la identidad y expresin de gnero.
7.
El Plan debe ser explcito en cuanto a la adopcin de medidas para garantizar la independencia del poder judicial,
haciendo especial referencia a las garantas de transparencia y participacin en los procesos de eleccin de jueces y las
condiciones legales para su remocin. Las medidas de fortalecimiento de la Defensora del Pueblo deben basarse
explcitamente en los Principios de Pars y en su estricto cumplimiento.
8.
El Plan debe aplicar los estndares internacionales en materia de poltica criminal, legislativa y judicial que permita la
descentralizacin del sistema penitenciario para resolver el problema estructural de hacinamiento en todos los
recintos (establecimientos, internados, retenes, calabozos, policas municipales y otros); garantizar acceso a la
educacin, trabajo digno, deporte o ejercicio, desarrollo cultural y recreacin de los reclusos; y la formacin del
personal de custodia en los derechos de la poblacin reclusa, funcionarios, familiares y visitantes, a objeto que ningn
recluso pueda ser sometido a tortura, tratos o penas crueles, inhumanas y degradantes; adems de crear una atencin
post carcelaria adecuada para erradicar la reincidencia del delito.
9.
El Plan debe mencionar las garantas a la libertad de expresin y al trabajo crtico y profundo en derechos humanos
que realizan las organizaciones de la sociedad civil, defensores y periodistas, sin represalias ni riesgos para su
integridad personal; garantizando su proteccin y el legtimo derecho a la libertad de asociacin y reunin pacfica.
10. El Plan debe hacer referencia a que se garantizan formas libres de participacin y el derecho a participar de todas las
personas y organizaciones en las decisiones pblicas y en la vida poltica, sin censura, coaccin ni discriminacin.
11. El Plan debe establecer medidas para garantizar el libre acceso a la informacin, la transparencia de la administracin
pblica y la efectividad de los mecanismos de rendicin de cuentas, tales como la presentacin oportuna de
informacin sobre gastos e ingresos, con el objeto de permitir el monitoreo y la evaluacin de las polticas pblicas.
12. El Plan debe utilizar el lenguaje y las tipologas de los derechos humanos presentes en la Constitucin, as como en los
tratados internacionales soberanamente ratificados por la Repblica. Introducir conceptualizaciones ajenas, ausentes
en la Constitucin y pertenecientes a ideologas que no representan a la totalidad de venezolanos y venezolanas,
impedir el consenso y la confianza necesarios para la construccin del Plan.
13. El Plan debe dejar claramente establecidas las polticas pblicas y las normativas internas a desarrollar, en
consonancia con los estndares nacionales e internacionales de proteccin de derechos humanos ms favorables, no
siendo admisible ningn tipo de medida regresiva en esta materia.
14. El Plan debe identificar las instituciones pblicas responsables de su implementacin y las que velarn para que se
cumpla, as como fijar las metas, los plazos y los presupuestos de las acciones que se llevarn a cabo. Asimismo, debe
establecerse su marco temporal y legal para que se convierta en una poltica de Estado y no dependa de una
determinada administracin o gobierno; y mencionar los mecanismos de seguimiento y evaluacin peridica a los
que estar sometido, en los cuales deben participar los organismos pblicos y las organizaciones de la sociedad civil.
15. La construccin del Plan debe contar, en todas las fases de su elaboracin, igualmente con la asistencia tcnica y el
acompaamiento de las instituciones integrantes de los mecanismos regionales y universales de proteccin a los
derechos humanos, con experiencia metodolgica y terica, que generen la interlocucin y la confianza necesarias para
su consenso.
Suscriben el presente documento:
Accin Solidaria (Acsol)
Accin Ciudadana contra el Sida (Accsi)
Asamblea de Educacin
Asociacin Venezolana de Organizaciones de la Sociedad Civil (SINERGIA)
Asociacin Venezolana para una Educacin Sexual Alternativa (AVESA)
Centro de Animacin Juvenil de Valera
Centro de Derechos Humanos de la UCAB (CDH-Ucab)
Centro de Justicia y Paz (CEPAZ)
Centro Hispanoamericano para la Mujer (FREYA)
Civilis Derechos Humanos (CivilisDDHH)
Coalicin de Organizaciones por el Derecho a la Salud y a la Vida (CODEVIDA)
Comit Paz y Vida por los Derechos Humanos de Aragua
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