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Aplazado hasta el 31 de mayo el primer juicio colectivo contra el modelo laboral de Deliveroo

El juez tendrá que decidir si los repartidores si son 'falsos autónomos', como defiende la Seguridad Social, y, por tanto, asalariados

Un grupo de repartidores de Deliveroo, esperando a recibir encargos en el centro de Madrid.Foto: atlas | Vídeo: Santi Burgos
Manuel V. Gómez

El primer juicio colectivo sobre el modelo laboral de Deliveroo se ha aplazado hasta el 31 de mayo del año que viene. En principio, la fecha señalada era este lunes 17 de diciembre. Pero finalmente la petición de la Asoriders, una asociación que agrupa a parte de los repartidores y que tiene suscrito un acuerdo profesional con la empresa, ha solicitado un informe de la Agencia Tributaria. Esto ha provocado el retraso del juicio hasta el 31 de mayo.

El juicio parte de la demanda de oficio presentada por la Inspección de Trabajo después de que investigara a la empresa de reparto y concluyera que sus repartidores, a los que llama riders, no son autónomos sino asalariados.

Esta decisión de la Inspección afectaba 517 trabajadores llegó en enero de este año. En su acta, la Inspección instó el alta en el régimen general de los repartidos afectados y le reclamó más de 1,2 millones de euros por las cotizaciones impagadas hasta entonces. Fue la segunda acta conocida de la Inspección, antes había llegado una en Valencia. Ha habido más, en Barcelona y Alicante, y que afectan a otras empresas similares, como un acta en Zaragoza sobre Glovo.

A pesar de esto, el proceso judicial colectivo en Valencia se demoró. En cambio, en Valencia sí que ha habido ya un fallo sobre un caso individual, el de Víctor Sánchez, que sentenció que la relación era laboral, es decir, el repartidor era asalariado y no autónomo. Precisamente, este lunes Víctor Sánchez estaba en Madrid para apoyar a los repartidores de la empresa en este proceso judicial.

Frente al fallo de Valencia, hay otro en Madrid, aunque esta vez no afectaba a Deliveroo sino a Glovo. El fallo, en este caso, fue en sentido contrario y el juez madrileño sí que admitió que el repartidor era trabajador por cuenta propia.

Frente a estos dos procedimientos individuales, el de Madrid es colectivo. Esto ha complicado el proceso ya que no solo hay bastantes partes representadas. Además de la empresa, Deliveroo, y de la Tesorería General de la Seguridad Social, están los afectados, que en unos casos han optado por contar con abogados que les representen y en otros no, como ha podido verse esta mañana en el juzgado.

Entre los afectados, hay algunos representados por el abogado de Asoriders, una asociación que firmó un acuerdo de interés profesional con Deliveroo. Por otra parte, los hay representados por los abogados de UGT y también otros por el Colectivo Ronda.

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Sobre la firma

Manuel V. Gómez
Es corresponsal en Bruselas. Ha desarrollado casi toda su carrera en la sección de Economía de EL PAÍS, donde se ha encargado entre 2008 y 2021 de seguir el mercado laboral español, el sistema de pensiones y el diálogo social. Licenciado en Historia por la Universitat de València, en 2006 cursó el master de periodismo UAM/EL PAÍS.

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