DSI *Acusaciones sin fundamento podrían traer consecuencias legales, advierte Alan E. González Zebadúa, apoderado legal de la empresa

Ante la ola de rumores de una presunta injerencia de la empresa DSI Elecciones en el pasado proceso electoral para favorecer al candidato a la diputación especial de Migrante en el estado de Chiapas, el apoderado legal de la misma afirmó que dichos señalamientos son infundados y carecen de veracidad.

En entrevista, Alan E. González Zebadúa, apoderado legal de la empresa de origen chiapaneco y que tiene como marco de experiencia, haber participado en elecciones en Chiapas desde 1994, se deslindó de las versiones periodísticas en la que vinculan a DSI Elecciones, con el manejo de datos para favorecer al candidato ganador Roberto Pardo Molina.

El abogado explicó que en diferentes medios locales y nacionales se ha dicho que DSI Elecciones manipuló los votos para favorecer al que resultó electo, situación totalmente fuera de la realidad, puesto que ellos no pueden efectuar ese tipo de acciones fraudulentas.

González Zebadúa indicó que la causa de los cuestionamientos es el parentesco de un miembro de la empresa con el candidato ganador: “Sí es cierto que hay un parentesco con el ganador, pero antes de que fuera candidato la empresa fue contratada, nosotros no sabíamos quiénes serían los aspirantes a ese puesto de elección popular”.

Sostuvo que “al día 4 de marzo no existían los registros como precandidatos y mucho menos como candidatos de la elección de diputados y ayuntamientos en el proceso electoral ordinario en el estado de Chiapas, en el 2015”.

Citó que “la participación del ciudadano Roberto Pardo Molina independientemente del parentesco con uno de los militantes de nuestra empresa, se realiza el 12 junio del 2015, prácticamente casi tres meses y medio posteriores a la contratación de la empresa y con estricto apego al estado de Derecho Mexicano y estar de igualmente facultado con sus derechos políticos-electorales”.

Indica con énfasis que “señalar a la empresa como responsable de verificar que las y los solicitantes vivieran en el extranjero, es falso, en ningún apartado del contrato suscrito ni en los lineamientos aprobados por el Consejo General del IEPC, señalan tal atribución o responsabilidad”.

Acerca del caso de Chalchihuitán, en donde un determinado grupo de personas señalaron que les negó el derecho a votar porque su nombre había sido inscrito en el padrón de chiapanecos residentes en el extranjero, explicó: “En este caso de ser verídico, sería porque realmente se registraron o por alguna situación entregaron temporalmente sus credenciales y/o fueron clonadas y/o prestadas para algún fin o programa específico”.

El abogado se refirió también al caso del candidato del PT para El Porvenir Erasmindo Elidio Pérez González, quien presentó su queja según indican en dos diarios electrónicos. Sin embargo, el ciudadano registró todos los campos, tales como clave de elector, folio nacional, ocr, año de registro y número de emisión”.

Sostuvo que todos estos datos tuvieron que ser tomados de la credencial de elector en mano, bajo el consentimiento del ciudadano o porque la prestó o en otro caso, que le hayan clonado su credencial de elector, lo cual resulta un acto indebido. “Es imposible que alguien se aprenda todos estos datos de memoria y más siendo de un tercero”, consideró.

Refirió que el también candidato del PT a la presidencia municipal de Chalchihuitán que manifestó su queja, no aparece en el listado nominal del voto en el extranjero, por lo que resultan falsas las afirmaciones publicadas en ambos medios de comunicación.

Reiteró que todos estos datos tuvieron que ser tomados de la credencial de elector en mano con el consentimiento del ciudadano, ya que lo anterior se demuestra que “bajo ninguna situación es responsabilidad de la empresa el actuar de los ciudadanos que realizan tratamientos indebidos o dudosos, y que la responsabilidad y custodia de la credencial para votar del INE, es única y exclusiva del ciudadano”.

Afirmó que ante los cuestionamientos de los medios y la inconformidad suscitada, están de acuerdo con la determinación del IEPC de realizar una denuncia de hechos contra quien resulte responsable por el mal uso que le pudiera haber dado a las credenciales de elector, “pero en ningún momento esta denuncia es contra DSI Elecciones SA de CV”.

Categórico agregó: “Quienes a través de medios nos sindican de alguna responsabilidad, lo hacen de forma dolosa y de manera difamatoria al acusar sin fundamento que DSI Elecciones habría falsificado un padrón de votantes y manipulado la elección”

“Aclaramos que esto es totalmente falso y absurdo ya que la “Lista Nominal” (nombre correcto) es aprobada por EL INE y posteriormente depurada por el IEPC de Chiapas, quien es finalmente quien realiza la Lista Nominal Definitiva para ser entregada a la empresa DSI Elecciones SA de CV para la integración de la Base de Datos con la que operará el programa”

Así mismo recuerda que “de igual forma se practicó una auditoría tanto en seguridad como en ejecución del programa por parte del IEPC y no se reportó observación alguna. Los lineamientos para la operación del Voto en el Extranjero fueron aprobados por el Consejo General del IEPC y avalado por los partidos políticos contendientes y lo que realizó la empresa fue la implementación de infraestructura tecnológica y sistemas de información y comunicaciones para dar cumplimiento al contrato suscrito entre el IEPC y mi representada por ello DSI Elecciones SA de CV se deslinda de cualquier situación ajena al objeto del contrato suscrito con el IEPC”.

Finalmente el abogado puntualiza que DSI se reserva el derecho de actuar conforme a derecho por la denostación que se le hace a la empresa y por lo que estarían analizando la implementación de acciones legales.