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18 Comments

  1. Estimados, hoy en la reunión mensual de ALAC, Antonio Medina Gómez introduzco el siguiente tema de nombres Su ALS es la ASOCIACION COLOMBIANA DE USUARIOS DE INTERNET (http://www.acui.co ).

    La entidad solicitante tiene como nombre: INTERNAUTA COLOMBIA, ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE USUARIOS DE INTERNET"  .

    Estaba esperando que Antonio Media Gómez escribiera su objeción, pero aún no lo a hecho, así que abro ya este debate que debe terminar el 26.

    1. Estimados todos,

      Viendo los estatutos de la organización llamada Internauta Colombia, veo que Francisco Cordoba, quien es el aplicante principal de Internauta, y al parecer su Director, es tambièn parte de la Junta Directiva de Enredo, una organizaciòn que ya es una ALS. Además, veo que los programas que presentan los ha estado organizando Enredo desde hace un tiempo.

      Otra inconsistencia dice que tienen un grupo en una red social similar a Xing, donde cuentan con más de 50 usuarios, pero el último movimiento de dicho sitio fue en enero de este año, mucho antes de que se "constituyeran".
      También mencionan que están impulsando la creación de ISOC Colombia que, en la práctica, no se ha podido consolidar.
      Son algunas de las observaciones que tenemos del documento presentado.
       


    2. Al parecer hay potencial para confusión con el nombre de esta organización y el de la que representa nuestro colega Antonio Medina.

       

      Por los datos aportados por Juan Manuel Rojas y Antonio Medina la información es consistente con una organización "pantalla", de otra también poco activa y no orientada a LACRALO.

       

      Por ello no parece procedente apoyar su acreditación.

  2. He leído el estatuto de Internauta Colombia, su aplicación para ser ALS, visite su Web page y no veo ninguna cuestión que dificulte su recomendación a ALAC para que sea aprobada.

    Particularmente conozco a Francisco Córdoba "Pacho" y a muchos otros componentes de Internauta Colombia, personas que son activo miembros de la comunidad on line de Colombia y con un gran respeto entre sus pares. El primer contacto que tuvimos fue en ICANN 39 en la ciudad de Cartagena en el año 2010 donde el y otros ciudadanos colombianos tuvieron una activa participación.

    He visto como esta organización a trabajado activamente con otros grupos insertos en la comunidad colombiana como Enredo (la cual ya es una ALS de nuestra Región), con miembros de ISOC y que participan del IGF Colombia lo cual nos ayuda a suponer que ya tiene una muy buena base de trabajo colectivo que acompañara sin sobresaltos al trabajo pro activo dentro de la región.

    Sugiero una recomendación positiva a la aplicación correspondiente.

  3. Gracias, Sergio. Hay una impugnación por mail de _Antonio Meida Gomez respecto de la utilización del nombre que ellos tienen en Colombia, y creo que es el punto a discutir:

     

    • ASOCIACION COLOMBIANA DE USUARIOS DE INTERNET 

     

    • INTERNAUTA COLOMBIA, ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE USUARIOS DE INTERNET.
  4. Estimados,

    Personalmente, LACRALO ni ICANN pueden entrometerse en asunto que pueden ser conocidos por un tribunal nacional.

    Si hay alguna accion marcaria iniciada, eso escapa a lo nuestras facultades.

     

    Saludos

  5. De acuerdo, entonces será en ese sentido la opinión de LACRALO.

  6. Alberto,

    Considero que hay un conflicto de intereses por lo antes mencionado, así que antes de dar un concepto positivo debe revisarse si la nueva organización aplicante nos puede aclarar dicho conflicto. Me refiero a que una persona que pertenece a una ALS, segun los estatutos de ella (Enredo) sea la principal de otra.

    Sergio menciona que los aplicantes han estado involucrados con el grupo del IGF Colombia, del cual Antonio y yo hacemos parte y me gustaría que nos aclararan cuáles son los miembros que han participado en ello.

    Agradezco la claridad antes de que se pueda emitir algún concepto.

     

  7. Aclaración respecto de estatutos de futuras ALSs.

    Por la experiencia obtenida en Bolivia, Haití y República Dominicana, hemos buscado si los estatutos de una entidad que se postula a certificar, deben estar aprobados por correspondiente autoridad local. Esto no figura como requisito. 

    Si, es necesario que tenga estatuto, si bien las condiciones no lo dicen directamente, porque allí deben figurar todos los datos de dicha organización,  y el compromiso que tienen con el usuario final de Internet.

    Saludos cordiales

  8. aportado por Fátima Cambronero:

     

    Estimadas/os,

    Silvia, muchas gracias por tus intenciones de colaborar con LACRALO en esta discusión que se está llevando adelante.


    Sin embargo, y lamentablemente, la información que nos compartes no es correcta.

    ALAC ha modificado sus reglas de procedimiento el año pasado. Las reglas de procedimiento de ALAC vigentes son de abril del 2013 y las pueden encontrar en este enlace: https://community.icann.org/download/attachments/2262672/ALAC%2BRoP-06April2013.pdf?version=1&modificationDate=1378914284000&api=v2

    Estas reglas en la número 15 se ocupan de las Estructuras At-Large, y envían al Anexo sobre el "Marco de las Estructuras At-Large".

    El enlace para el Marco de las ALS es el Anexo 4 y se encuentra en este enlace: https://community.icann.org/download/attachments/2262672/Adjunct-04-ALS-Framework-19Jun2013-For%20Approval.pdf?version=1&modificationDate=1372720787000&api=v2

    Este marco establece los requisitos para consituirse como ALS y el procedimiento que se debe realizar para dicha acreditación (incluidos los pasos que deben cumplir la organización, la Secretaría del RALO y el Staff de At-Large, que es quien hace la Due Dilligence).

     

    En la sección sobre Requisitos Mínimos para las ALS, ALAC en esta modificación a sus reglas, ha eliminado el punto referido a la NO necesidad de que las organizaciones que están aplicando para ser certificadas como ALS estén legalmente constituida.

    Es decir, ahora las reglas de ALAC no dicen nada acerca de si una organización que quiera acreditarse como ALS debe estar constituida legalmente o no. Por lo tanto, queda claro que LACRALO tampoco puede requerirlo como un requisito obligatorio, que la organización esté constituida legalmente.

    También me parece importante destacar que, de las reglas de procedimiento de ALAC, de ninguno de sus puntos surge que ALAC debe obligatoriamente seguir el consejo regional. En la práctica, ante cada aplicación de una organización que pretende ser acreditada como ALS, haya consejo regional o no, se lleva adelante una votación en ALAC, para certificar o no dicha organización como ALS. Y algo importante al respecto y que se está discutiendo ahora en ALAC: las votaciones de los miembros de ALAC en estos casos, son anónimas. No se puede saber si un miembro de ALAC votó para acreditar o no a esa organización. Algunos miembros de ALAC no estamos de acuerdo con que eso siga siendo así y nos hemos pronunciado a favor de votaciones en las sepamos cómo votó cada miembro de ALAC, en estos casos. Esto todavía no se ha resuelto y se seguirá discutiendo en la reunión de ICANN de Los Ángeles.

    Ahora respecto de este caso particular que estamos analizando, me gustaría pedirle a Antonio que por favor se explaye y nos explique la situación respecto del uso del nombre que ha comentado, para que luego con mayor información el RALO pueda dar su consejo regional. Gracias por adelantado, Antonio.

  9. Estimados, desde Internauta Brasil, le damos la bienvenida a Internauta Colombia a LACRALO. Sabemos de su trayectoria en defensa de los usuarios finales de su pais y de las actividades que organizan para difundir el uso de internet segura entre los usuarios con programas de radio, y actividades en universidades locales y con otras organizaciones defensoras de usuarios de Internet de Colombia y Latinoamérica. 

  10. Agrego correo de Eduardo mendez de fecha  25/09/2014

     

    "Estimados,

    En vista de los comentarios antes expuestos y partiendo de principios de buena fe pero valorando aún más la motivación de una comunidad organizada con capacidad de hacer importantes aportes en la región, desde Internauta Venezuela apoyamos la solicitud de aplicación como ALS de Internauta Colombia.

    Solicito por favor apoyo para dejar plasmada nuestra intención en la Wiki ya que a pesar de contar con un usuario, las posibilidades de hacer comentarios se encuentran desactivadas.

    Si más a que hacer referencia, me despido

    ---
    Eduardo Méndez
    Internauta Venezuela
    http://www.internauta.org.ve"

  11. En nombre de Eduardo Mendez:

    Estimados,  

    En vista de los comentarios antes expuestos y partiendo de principios de buena fe pero valorando aún más la motivación de una comunidad organizada con capacidad de hacer importantes aportes en la región, desde Internauta Venezuela apoyamos la solicitud de aplicación como ALS de Internauta Colombia.  

    Solicito por favor apoyo para dejar plasmada nuestra intención en la Wiki ya que a pesar de contar con un usuario, las posibilidades de hacer comentarios se encuentran desactivadas.  

    Si más a que hacer referencia, me despido

     

  12. EStimados,

     

    En mi calidad de representante de ADI Chile veo que  esta ALS cumple alguno de los requisitos para ser certificada. Las observaciones que se han hecho en nada afectan su certificación y escapan a la competencia de LACRALO.

     

    Saludos

     

    Humberto Carrasco

  13. Carlos Aguirre señalo en correo de hoy:

     

    Hola a todos. La posición de ADIAR sobre este tema no es para aprobe la certificación, con base en posibles confussion usuarios finales colombiano, al ser / tener twoo organizaciones diferentes con o similar de nombre igual en el mismo país. 
     ADIAR no hacen por cualquier consideración acerca de la capacidad o la legalidad o cualquier otra situación en relación con la nueva organización Solicitante. 
    
    
     Carlos Dionisio Aguirre 
     Vice presidente ADIAR 
  14. Se publica seria de correos electrónicos relativos a este tema:

     

    "Querida Fatima,

    La intención fue aclarar cualquier duda respecto a los elementos de juicio usados por el personal de At Large para evaluar esta solicitud.  El trabajo del staff consiste en dar a la comunidad todos los elementos para que la comunidad tome una decisión bien sustentada e informada.

    Lamento si mi email ha dado la impresión de haber interferido, nada más lejos de mi intención, si ha parecido así pido disculpas.

    Quedo a tu disposición y de todo LACRALO para continuar apoyándolos.

    Un abrazo

    Silvia



    Silvia Vivanco
    Manager, At Large Regional Affairs
    ICANN | Internet Corporation for Assigned Names and Numbers
    www.icann.org<http://www.icann.org/>




    From: Fatima Cambronero [mailto:fatimacambronero@gmail.com]
    Sent: Wednesday, September 24, 2014 11:34 PM
    To: Silvia Vivanco
    Cc: Alberto Soto; José Francisco Arce; ICANN At-Large Staff; LACRALO Español
    Subject: Re: [lac-discuss-es] Comunicación de ACUI sobre la solicitud de Internauta Colombia- AYUDA DE INTERPRETACION DE REGLAS VEA DOCUMENTO ADJUNTO

    Querida Silvia,

    Te agradezco enormemente tu colaboración en este asunto y en muchos otros, ya que siempre estás bien predispuesta para colaborar con nuestro RALO. Personalmente lo valoro muchísimo.

    Sin embargo permíteme hacer dos aclaraciones: aunque en el fondo las dos versiones digan algo similar, no es correcto que te sigas refiriendo a reglas que ya no están más vigentes porque hay una versión nueva que es la versión vigente y la que actualmente se aplica. Las guidelines en las que te basas ya no están más vigentes, aunque, repito, en el fondo no se haya cambiado lo sustancial. Hay reglas de ALAC nuevas del 2013 y tenemos que basarnos en dichas reglas. Esto no amerita mayor análisis.

    En segundo lugar, vuelvo a agradecer tu trabajo en acercarnos material que quizás no estábamos teniendo en cuenta, pero el rol del Staff se limita a eso y allí se termina. El Staff no puede intervenir en las discusiones sustanciales que tenga la comunidad y en los criterios que la comunidad quiera valorizar más frente a otros (dentro de los requisitos establecidos obviamente). Debe quedar perfectamente claro el rol de la comunidad en las discusiones y decisiones que tome, y el rol del Staff en servir a dicha comunidad y nada más. No debe sembrarse ninguna duda en cuanto a los roles de cada uno. Por lo tanto respetuosamente solicito que de aquí en más las discusiones sobre si el consejo regional debe ser a favor o no de aceptar a Internauta Colombia como ALS acreditada se den dentro del ámbito de la comunidad y que el Staff se ocupe de la due dilligence conforme a los procesos que establecen las reglas de procedimiento de ALAC del 2013.

    Nuevamente muchas gracias.

    Saludos cordiales,
    Fatima Cambronero

    El 25 de septiembre de 2014, 0:37, Silvia Vivanco <silvia.vivanco@icann.org<mailto:silvia.vivanco@icann.org>> escribió:


    Estimada Fatima,

    Permiteme aclarar lo siguiente : El criterio mínimo para evaluar las solicitudes para ALS no ha cambiado (por favor véase el cuadro comparativo abajo ) Noto que en la versión en inglés solo se ha cambiado la palabra "constituted" por "organized".  Ademas Por favor tómese en cuenta lo siguiente:


    "Any change to the Minimum Criteria would require ICANN Board assent before the modifications can be brought into force, which itself would also require a public comment period".

    Por ello las guías que he adjuntado (documento ALAC/2007/SD/2.Rev7. DATE: 23rd July 2007) siguen siendo válidas, por ello staff continua refiriéndose a ellas como guía cuando se conducen "Due diligence".

    Por favor también leer el siguiente párrafo del citado documento  que no contradice lo que mencionas, que es que la organización no tiene que estar legalmente constituida. Ese fue precisamente el objetivo de compartir este documento con ustedes. El documento "guidelines" dice lo siguiente:


    Second Criterion
    The second criterion, as agreed with the board, is as follows in black text:
    2. Be constituted so that participation by individual Internet users who are citizens or residents of countries within the Geographic Region in which the ALS is based will predominate in the ALS' operation. The ALS may permit additional participation by others that is compatible with the  interests of the individual Internet users within the region.

    The guidelines for evaluation of whether or not an applicant fulfils this criterion are as follows.
    Guidelines Relevant to All Applicants:

    1. There is no requirement that an organization be legally constituted, or otherwise, or of any particular structure, excepting as otherwise provided in these Guidelines.
    Traducción Español: No hay requisito que una organización este legalmente constituida, o que tenga una estructura en particular, excepto  que esta Guía disponga lo contrario.

    En resumen, estamos afirmando lo mismo, yo lo he querido respaldar con el documento guidelines, es decir que no hay exigencia que la ALS esté constituida legalmente, no la habido antes bajo las antiguas reglas  y no la hay ahora tampoco.




    Minimum criteria for an At-Large Structure:





    NEW ALAC RULES                                                                       OLD ALAC RULES

    1. Commit to supporting individual Internet users' informed participation in ICANN by distributing to individual constituents/members information on relevant ICANN activities and issues, offering Internet-based mechanisms that enable discussions of one or more of these activities and issues among individual constituents/members, and involving individual constituents/members in relevant ICANN policy development, discussions and decisions.

    "1. Commit to supporting individual Internet users' informed participation in
    ICANN by distributing to individual constituents/members information on
    relevant ICANN activities and issues, offering Internet-based mechanisms
    that enable discussions of one or more of these activities and issues
    among individual constituents/members, and involving individual
    constituents/members in relevant ICANN policy development, discussions

    and decisions.


    2. Be organized so that participation by individual Internet users who are citizens or residents of countries within the Geographic Region in which the ALS is based will predominate in the ALS' operation. The ALS may permit additional participation by others that is compatible with the interests of the individual Internet users within the region.



    Be constituted so that participation by individual Internet users who are
    citizens or residents of countries within the Geographic Region in which
    the ALS is based will predominate in the ALS' operation. The ALS may
    permit additional participation by others that is compatible with the

    interests of the individual Internet users within the region.


    3. Be self-supporting (not rely on ICANN for funding).


    3. Be self-supporting (not rely on ICANN for funding).


    4. Post on the Internet (on the ALAC's website or elsewhere) publicly-accessible, current information about the ALS's goals, structure, description of constituent group(s)/membership, working mechanisms, leadership, and contact(s).



    4. Post on the Internet (on the ALAC's website or elsewhere) publicly accessible,
    current information about the ALS's goals, structure,description of constituent group(s)/membership, working mechanisms,

    leadership, and contact(s).


    5. Assist the RALO in performing its function.




    5. Assist the RALO in performing its function."





    Para responder a tu pregunta respecto a que reglas usa el staff, el criterio mínimo para evaluar ALSes usado por staff es el del 2013 el cual no ha cambiado el criterio anterior.

    Para cualquier otra duda quedo a tu disposición,

    Saludos cordiales,

    Silvia


    Silvia Vivanco
    Manager, At Large Regional Affairs
    ICANN | Internet Corporation for Assigned Names and Numbers
    www.icann.org<http://www.icann.org/>




    From: Alberto Soto [mailto:asoto@ibero-americano.org<mailto:asoto@ibero-americano.org>]
    Sent: Wednesday, September 24, 2014 7:07 PM
    To: 'Fatima Cambronero'; Silvia Vivanco
    Cc: 'José Francisco Arce'; ICANN At-Large Staff; 'LACRALO Español'
    Subject: RE: [lac-discuss-es] Comunicación de ACUI sobre la solicitud de Internauta Colombia- AYUDA DE INTERPRETACION DE REGLAS VEA DOCUMENTO ADJUNTO

    Gracias Fátima por tu excelente aporte. Acabo de incorporarlo a la wiki.
    A todos, les pido por favor que todo lo hagan a través de la wiki. Si  la wiki no existiera, y en este momento algún miembro desea incorporarse a la discusión, debería buscar todos los mensajes anteriores y luego hacerlo.
    En la wiki puede seguir todo el hilo sin perder ningún detalle. En la misma ya estaba  asentada  la no necesidad de estatutos legalmente aprobados por autoridad local.
    Saludos cordiales

    Alberto soto

    De: Fatima Cambronero [mailto:fatimacambronero@gmail.com]
    Enviado el: miércoles, 24 de septiembre de 2014 08:55 p.m.
    Para: Silvia Vivanco
    CC: José Francisco Arce; Alberto Soto; ICANN At-Large Staff; LACRALO Español
    Asunto: Re: [lac-discuss-es] Comunicación de ACUI sobre la solicitud de Internauta Colombia- AYUDA DE INTERPRETACION DE REGLAS VEA DOCUMENTO ADJUNTO

    Estimadas/os,

    Silvia, muchas gracias por tus intenciones de colaborar con LACRALO en esta discusión que se está llevando adelante.

    Sin embargo, y lamentablemente, la información que nos compartes no es correcta.
    ALAC ha modificado sus reglas de procedimiento el año pasado. Las reglas de procedimiento de ALAC vigentes son de abril del 2013 y las pueden encontrar en este enlace: https://community.icann.org/download/attachments/2262672/ALAC%2BRoP-06April2013.pdf?version=1&modificationDate=1378914284000&api=v2
    Estas reglas en la número 15 se ocupan de las Estructuras At-Large, y envían al Anexo sobre el "Marco de las Estructuras At-Large".
    El enlace para el Marco de las ALS es el Anexo 4 y se encuentra en este enlace: https://community.icann.org/download/attachments/2262672/Adjunct-04-ALS-Framework-19Jun2013-For%20Approval.pdf?version=1&modificationDate=1372720787000&api=v2
    Este marco establece los requisitos para consituirse como ALS y el procedimiento que se debe realizar para dicha acreditación (incluidos los pasos que deben cumplir la organización, la Secretaría del RALO y el Staff de At-Large, que es quien hace la Due Dilligence).

    En la sección sobre Requisitos Mínimos para las ALS, ALAC en esta modificación a sus reglas, ha eliminado el punto referido a la NO necesidad de que las organizaciones que están aplicando para ser certificadas como ALS estén legalmente constituida.
    Es decir, ahora las reglas de ALAC no dicen nada acerca de si una organización que quiera acreditarse como ALS debe estar constituida legalmente o no. Por lo tanto, queda claro que LACRALO tampoco puede requerirlo como un requisito obligatorio, que la organización esté constituida legalmente.
    También me parece importante destacar que, de las reglas de procedimiento de ALAC, de ninguno de sus puntos surge que ALAC debe obligatoriamente seguir el consejo regional. En la práctica, ante cada aplicación de una organización que pretende ser acreditada como ALS, haya consejo regional o no, se lleva adelante una votación en ALAC, para certificar o no dicha organización como ALS. Y algo importante al respecto y que se está discutiendo ahora en ALAC: las votaciones de los miembros de ALAC en estos casos, son anónimas. No se puede saber si un miembro de ALAC votó para acreditar o no a esa organización. Algunos miembros de ALAC no estamos de acuerdo con que eso siga siendo así y nos hemos pronunciado a favor de votaciones en las sepamos cómo votó cada miembro de ALAC, en estos casos. Esto todavía no se ha resuelto y se seguirá discutiendo en la reunión de ICANN de Los Ángeles.
    Ahora respecto de este caso particular que estamos analizando, me gustaría pedirle a Antonio que por favor se explaye y nos explique la situación respecto del uso del nombre que ha comentado, para que luego con mayor información el RALO pueda dar su consejo regional. Gracias por adelantado, Antonio.
    Silvia, una consulta respecto de esta confusión de las reglas de procedimiento de ALAC vigentes, la due dilligence de las últimas organizaciones que han solicitado ser acreditadas como ALS, ¿se ha realizado en base a las reglas del 2013, verdad?
    Muchas gracias.

    Saludos cordiales,
    Fatima Cambronero


    El 24 de septiembre de 2014, 19:38, Silvia Vivanco <silvia.vivanco@icann.org<mailto:silvia.vivanco@icann.org>> escribió:
    Estimados miembros de LACRALO

    Por favor vean el siguiente documento. He adjuntado la versión en Inglés.



    ALAC/2007/SD/2.Rev7. DATE: 23rd July 2007



    Second Criterion
    The second criterion, as agreed with the board, is as follows in black text:
    2. Be constituted so that participation by individual Internet users who are citizens or residents of countries within the Geographic Region in which the ALS is based will predominate in the ALS' operation. The ALS may permit additional participation by others that is compatible with the interests of the individual Internet users within the region.
    The guidelines for evaluation of whether or not an applicant fulfils this criterion are as follows.
    Guidelines Relevant to All Applicants:
    1. There is no requirement that an organization be legally constituted, or otherwise, or of any particular structure, excepting as otherwise provided in these Guidelines.




    Espero que este  documento les ayude a aclarar las dudas.

    Saludos cordiales

    Silvia


    Silvia Vivanco
    Manager, At Large Regional Affairs
    ICANN | Internet Corporation for Assigned Names and Numbers
    www.icann.org<http://www.icann.org><http://www.icann.org>




    -----Original Message-----
    From: lac-discuss-es-bounces@atlarge-lists.icann.org<mailto:lac-discuss-es-bounces@atlarge-lists.icann.org> [mailto:lac-discuss-es-bounces@atlarge-lists.icann.org<mailto:lac-discuss-es-bounces@atlarge-lists.icann.org>] On Behalf Of José Francisco Arce
    Sent: Wednesday, September 24, 2014 5:03 PM
    To: Alberto Soto
    Cc: LACRALO Español
    Subject: Re: [lac-discuss-es] Comunicación de ACUI sobre la solicitud de Internauta Colombia

    Estimados,

    Mi opinion:
    Creo que Antonio no objeta. Solo se pregunta retoricamente si estar constiruido legalmente es condicion necesaria y suficiente para acreditar.
    Amen de haber algunas que no lo estan, creo que deberia discutirse y analizar en la region que queremos de ahora y para el futuro.
    Yo creo que debemos ver el caso en particular, pero seria muy bueno que la formalidad exista.
    Gracias Antonio por tomarte el trabajo de averiguar en los organismos correspondientes esta informacion.

    Saludos

    Jose
     El sep 24, 2014 6:48 PM, "Alberto Soto" <asoto@ibero-americano.org<mailto:asoto@ibero-americano.org><mailto:asoto@ibero-americano.org<mailto:asoto@ibero-americano.org>>>
    escribió:

    > Es lo que le estoy pidiendo a Antonio.
    > Saludos cordiales
    >
    > Alberto Soto
    >
    > -----Mensaje original-----
    > De: Dr. Alejandro Pisanty Baruch [mailto:apisan@unam.mx<mailto:apisan@unam.mx>] Enviado el:
    > miércoles, 24 de septiembre de 2014 06:51 p.m.
    > Para: Alberto Soto; 'Antonio Medina Gómez'; 'LACRALO Español';
    > 'Humberto Carrasco'
    > Asunto: RE: [lac-discuss-es] Comunicación de ACUI sobre la solicitud
    > de Internauta Colombia
    >
    > Alberto, Antonio,
    >
    > pero a ver... entendamos qué nos dice Antonio primero. ¿Está objetando
    > la acreditación de "Internauta Colombia"?
    >
    > Alejandro Pisanty
    >
    >
    > - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
    >      Dr. Alejandro Pisanty
    > Facultad de Química UNAM
    > Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico
    >
    >
    >
    > +52-1-5541444475 FROM ABROAD
    >
    > +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475
    > Blog: http://pisanty.blogspot.com
    > LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty
    > Unete al grupo UNAM en LinkedIn,
    > http://www.linkedin.com/e/gis/22285/4A106C0C8614
    > Twitter: http://twitter.com/apisanty
    > ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org
    > .  .  .  .  .  .  .  .  .  .  .  .  .  .  .  .
    >
    > ________________________________________
    > Desde: lac-discuss-es-bounces@atlarge-lists.icann.org<mailto:lac-discuss-es-bounces@atlarge-lists.icann.org><mailto:lac-discuss-es-bounces@atlarge-lists.icann.org<mailto:lac-discuss-es-bounces@atlarge-lists.icann.org>>
    > [lac-discuss-es-bounces@atlarge-lists.icann.org<mailto:lac-discuss-es-bounces@atlarge-lists.icann.org>] en nombre de Alberto
    > Soto [asoto@ibero-americano.org<mailto:asoto@ibero-americano.org>] Enviado el: miércoles, 24 de
    > septiembre de
    > 2014
    > 16:22
    > Hasta: 'Antonio Medina Gómez'; 'LACRALO Español'; 'Humberto Carrasco'
    > Asunto: Re: [lac-discuss-es]    Comunicación de ACUI sobre la solicitud de
    > Internauta Colombia
    >
    > Estimado Antonio, te pido por favor coloques esto en la wiki, a fin de
    > seguir el hilo de la misma.
    >
    > Muchas gracias
    >
    >
    >
    > Alberto soto
    >
    >
    >
    > De: Antonio Medina Gómez [mailto:amedinagomez@gmail.com<mailto:amedinagomez@gmail.com>] Enviado el:
    > miércoles, 24 de septiembre de 2014 02:32 p.m.
    > Para: LACRALO Español; Humberto Carrasco; Alberto Soto
    > Asunto: Comunicación de ACUI sobre la solicitud de Internauta Colombia
    >
    >
    >
    > El 7 de septiembre el Secretario de Lacralo, Humberto Carrasco envio a
    > la lista un mensaje denominado "[lac-discuss-es] Consejo Regional
    > respecto de solicitud para ALS 209 Internauta Colombia / Regional
    > Advice needed ALS Application 209 Internauta Colombia", el cual
    > direcciona a lo publicado en el link
    > https://community.icann.org/display/LACRALO/Internauta+Colombia
    >
    >
    >
    > De la aplicación presentada hemos revisado el siguiente link
    > http://internautacolombia.org/web/spip.php?article15
    >
    >
    >
    > Transcribo lo siguiente:
    >
    >
    >
    >
    > Estatutos
    >
    >
    > ACTA DE LA ASAMBLEA DE CONSTITUCIÓN
    > DEL
    > "INTERNAUTA COLOMBIA, ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE USUARIOS DE INTERNET",
    > COLOMBIA
    >
    > En la ciudad de Bogotá, siendo las nueve (9) a.m., del día tres (3),
    > del mes de Marzo, del año 2014, se reunieron las personas que mas
    > adelante se relacionan en la lista de constituyentes, con el fin de
    > constituir el "INTERNAUTA COLOMBIA, ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE USUARIOS
    > DE INTERNET", COLOMBIA, persona jurídica bajo la forma de asociación
    > de carácter privado, sin ánimo de lucro.
    >
    > De acuerdo con lo anterior me permito manifestar a los miembros de
    > Lacralo, que la "Asociación Colombiana de Usuarios de Internet" es una
    > Marca registrada por la Asociación  Colombiana de Usuarios de
    > Internet, con sigla ACUI, ante la Superintendencia de Industria y
    > Comercio, Entidad Gubernamental en Colombia de proteger los derechos de los consumidores.
    > www.sic.gov.co<http://www.sic.gov.co><http://www.sic.gov.co> <http://www.sic.gov.co>
    >
    > La normatividad al respecto, esta orientada a evitar la utilización de
    > nombres que generen competencia o confusiones entre los consumidores,
    > que adquieren un producto o servicio, ofrecidos por una organización
    > de la cual estaban seguros era la de su total confianza.
    >
    > Con el propósito de dejar constancia sobre las nuevas organizaciones
    > que desean participar en el desarrollo de la región, pero que
    > lamentablemente nos pueden afectar, solicito a quienes les
    > corresponde, por su cargo, tomar las medidas oportunas y necesarias
    > relacionadas con el uso de la marca "Asociación Colombiana de Usuarios de Internet".
    >
    > Quiero agregar que:
    >
    > En Colombia las entidades deben cumplir con unos trámites de carácter
    > normativo y legal que deben realizar rigurosamente:
    >
    > Registro ante la Cámara de Comercio de su jurisdicción, que imagino es
    > este caso en particular se debe realizar en la CCB de la ciudad de
    > Bogotá
    >
    > Registro ante la DIAN para efectos tributarios
    >
    > Obtener el Registro Unico Tributario y el NIT
    >
    > Inscripción ante la autoridad respectiva para su vigilancia y control.
    >
    > Con el propósito de hacer seguimiento a la solicitud de Internauta
    > Colombia solicitamos en varias oportunidades a la Cámara de Comercio
    > de Bogotá el respectivo certificado de existencia y representación
    > legal de esta organización y no aparece ningún registro en la Cámara
    > de Comercio de Bogotá de la organización Internauta Colombia, la cual
    > esta presentando aplicación para ser parte de las ALS acreditadas en
    > Lacralo.
    >
    > Agradezco a ustedes sus comentarios al respecto y dejo constancia, con
    > el propósito de construir confianza en Lacralo, basadas en el respeto,
    > elemento esencial que hace parte de la transparencia que defendemos.
    >
    > Respecto a la solicitud de Internauta Colombia, le corresponde a las
    > instancias correspondientes evaluar esta información para evaluar y
    > dar trámite normal a la solicitud presentada.
    >
    > Atentamente,
    >
    >
    >
    > Antonio Medina Gómez
    >
    > Presidente
    >
    > Asociación Colombiana de Usuarios de Internet, ACUI
    >
    > presidencia@acui.co<mailto:presidencia@acui.co><mailto:presidencia@acui.co<mailto:presidencia@acui.co>> <mailto:presidencia@acui.co<mailto:presidencia@acui.co>>
    >
    > @amedinagomez
    >
    > Skype amedinagomez
    >
    > Celular 3118689626
    >
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    Fatima Cambronero
    Abogada-Argentina
    Phone: +54 9351 5282 668
    Twitter: @facambronero
    Skype: fatima.cambronero



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    http://www.lacralo.org"

  15. Dear all.  The position of ADIAR on this subject is NOT to aprobe the certification,  based on possible Colombian end users confussion , being/having twoo different organizations With similar o equal name in the same country. ADIAR dont make any consideration about capacity or legality or any other situation in relation with new applicant organization. Carlos Dionisio Aguirre Vice presidente ADIAR ESTIMADOS, ADIAR manifiesta que su posición es por NO certificar a la organización alicante y en defensa de los usuarios colombianos. Dos organizaciones con aparente mismos objetivos en igual país y con nombre idéntico o similar lo único que puede acarrear es confusión. ADIAR no se manifiesta en cuanto a la capacidad o la legalidad de la organización para ser ALS. Carlos Dionisio Aguirre ADIAR VICE PRESIDENTE
  16. Estimados sobre lo que se viene debatiendo algunas consideraciones:

    Sobre el tema del nombre que se objeta es un tema que no le compete a LACRALO definirlo sino a la administración estatal que corresponda en Colombia sobre nombres de organizaciones civiles. Desconozco las leyes Colombianas, pero de seguro si esto va a términos judiciales se puede resolver sin problema y la organización en conflicto va a tener que modificar su nombre si resultara vencida en la disputa por ese nombre.

    Con respecto a que algunos de sus miembros son miembros de Enredo, creo que no es real, si bien se que en el,caso de Francisco estuvo muy cerca de la organizaron eso no es una cuestión que este en juego ya que muchos miembros de nuestra comunidad participan de otras, recodemos que algunos miembros además de ser parte de una organización aprobada en LACRALO, son además miembros de ISOC por ejemplo y eso no ha impedido su participación en nuestra región. Insisto que si bien cualquiera de nosotros está habilitado para eso en este caso no es así.

    Sigo insistiendo que es oportuno darle un visto bueno a esta organización.