InicioPolíticaNacionalEn noviembre del 2017 sería la primera elección de Intendentes

En noviembre del 2017 sería la primera elección de Intendentes

La Comisión de Gobierno del Senado inició el debate en particular de la reforma constitucional sobre elección democrática de intendentes que tiene carácter de suma urgencia.

Al respecto, el subsecretario de Desarrollo Regional, Ricardo Cifuentes, destacó la convergencia que se ha producido en torno a esta iniciativa y a la necesidad de alcanzar un acuerdo sobre el mecanismo electoral, que es la principal diferencia entre el oficialismo y la oposición.

La autoridad se mostró satisfecho con la forma en que está avanzando el proyecto, principalmente por “el inicio de la votación artículo por artículo, lo que es un progreso que nos satisface”.

Por otra parte, el subsecretario Cifuentes no se mostró preocupado por los plazos para despachar la reforma, de manera que la primera elección de los actuales intendentes se realice en noviembre de 2017.

Sobre el particular, el titular de la SUBDERE afirmó que “en la medida que se logren acuerdos en los temas esenciales es perfectamente posible cumplir con los plazos previstos”.

Cabe destacar que la reforma constitucional sobre elección democrática y directa de los intendentes, en el proyecto original, entre otras disposiciones, establece lo siguiente:

    Cada región elegirá por simple mayoría a un Gobernador Regional, para que -por un periodo de 4 años- lidere la administración superior de la región y coordine y supervigile los servicios públicos dependientes del Gobierno Regional o que se relacionen con éste.

    Esta autoridad tendrá la posibilidad de ser reelecta por sólo una vez.

    El Presidente de la República será representado por un Delegado Provincial, quien asumirá las tareas de gobierno interior, seguridad pública, extranjería, y otras que le asignen las leyes, y supervigilará y coordinará los servicios públicos de las provincias no dependientes del Gobierno regional.
    Ahora bien, tratándose del delegado de la provincia capital de región, éste ejercerá dichas atribuciones también sobre los servicios regionales y los demás delegados provinciales.
    Toda transferencia de competencias, tanto a gobiernos regionales como a municipios, incluirá la atribución de los recursos que en ese momento estuvieren destinados a su ejercicio.

OvalleHoy.cl