BOLETÍN Nº 108 - 5 de junio de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

FONTELLAS

Convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de Profesor de Escuela de Música en las especialidades de violín, trombón, percusión, flauta travesera, clarinete, acordeón, piano, guitarra y saxofón

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fontellas, con fecha 7 de mayo de 2015 aprobó la convocatoria conforme a las siguientes,

BASES

1.–Se anuncia convocatoria para constituir, mediante pruebas de selección, una relación de aspirantes a desempeñar el puesto de Profesor de Escuela de Música en las especialidades de violín, trombón, percusión, flauta travesera, clarinete, acordeón, piano, guitarra y saxofón, con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en la Escuela municipal de Música de Fontellas.

Esta relación de aspirantes a la contratación temporal tendrá carácter subsidiario respecto de cualquier otra relación de empleados fijos, existente o que se pueda constituir en el futuro, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril.

Asimismo quedará, en todo caso, supeditada a la inexistencia, en la última convocatoria pública, celebrada o a celebrarse, de personal que, habiendo superado pruebas selectivas para el ingreso como funcionarios o contratados laborales fijos para el puesto de trabajo de Profesor de Escuela de Música, en la especialidad que corresponda, no hubiera obtenido plaza; dado que los aprobados sin plaza de la última convocatoria pública resuelta gozarán de un derecho preferente para la provisión temporal de puestos de trabajo.

2.–Requisitos de los participantes.

En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados afectados por los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, cuando no medie separación legal, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad establecida para la jubilación forzosa.

c) Hallarse en posesión del título de Grado Medio de Música en la especialidad a la que los aspirantes se presenten, de las convocadas, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.

3.–Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria podrán presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Fontellas, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las instancias deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo I, que será facilitado en las oficinas municipales del Ayuntamiento de Fontellas, o bien desde el Boletín Oficial de su publicación, y en ellas se deberá indicar la especialidad a la que se concurre.

En la instancia de participación, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Junto con la instancia de participación los aspirantes deberán aportar fotocopia del título exigido y del documento Nacional de Identidad, así documentación justificativa de los méritos que aleguen para la fase de concurso.

3.2. Los aspirantes con minusvalía deberán adjuntar a la instancia de participación, la acreditación de la condición de minusválido, expedida por órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y además, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas.

4.–Plazo de presentación de instancias.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

5.–Lista provisional y definitiva.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Fontellas aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Fontellas, ubicado en los bajos de la Casa Consistorial, así como en la web del mismo Fontellas.info.

A partir de dicha fecha y dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes, los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.

Terminado el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Fontellas aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el tablón de anuncios y en la web del Ayuntamiento, junto con la fecha y lugar de realización de las pruebas de selección previstas en la presente convocatoria.

Si no hubiera aspirantes excluidos, se aprobará directamente la lista definitiva y se publicará en el tablón de anuncios y en la web del Ayuntamiento de Fontellas, junto con la fecha y lugar de realización de las pruebas de selección previstas en la presente convocatoria.

6.–Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros, si bien su composición definitiva puede quedar fijada en la Resolución por la que se apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos:

–Presidente: El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fontellas.

–Vocal: El/la Concejal/a de Educación del Ayuntamiento de Fontellas.

–Vocal: El/la Concejal/a de Cultura del Ayuntamiento de Fontellas.

–Vocal: Don José Antonio Íñiguez Arcos, Director de la Escuela de Música Municipal de Fontellas.

–Vocal-Secretario: Don David Modrego Jiménez Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Fontellas.

6.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo en el Ayuntamiento, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Igualmente los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos.

6.3. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Asimismo, para la válida constitución del mismo se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario.

6.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

6.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente a éstas.

7.–Desarrollo y valoración del proceso de selección.

7.1. La selección se llevará a cabo mediante la realización de concurso-oposición, que se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición, en la forma indicada en las presentes bases.

7.1.1. Fase de concurso. El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados y debidamente justificados, de acuerdo con el baremo que sigue. El Tribunal podrá, en cualquier momento, solicitar aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes.

Baremo de méritos:

–Experiencia profesional:

  • Tiempo de servicios prestados en cualquier Administración Pública, desempeñando un puesto de trabajo de categoría y funciones idénticas a la plaza convocada en la especialidad a la que se presente, a razón de 1 punto por año completo de trabajo, hasta un máximo de 10 puntos.

7.1.2. Fase de oposición:

–Primera prueba: Defender programación didáctica de la materia (tiempo máximo 15 minutos).

Esta prueba se calificará de 0 a 20 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 10 puntos para aprobar.

–Segunda prueba, que consistirá en una sesión a impartir a un alumno, de cualquier curso matriculado en la Escuela, con una duración de 20 minutos. Se valorarán aspectos como la comunicación, la relación con el alumno, el aprendizaje por descubrimiento, la utilización de ejemplos musicales, el uso de diferentes recursos y estrategias para conseguir un objetivo siempre musical, así como otros aspectos que el candidato considere oportunos. El tribunal podrá solicitar las aclaraciones que considere oportunas.

Esta prueba se calificará de 0 a 30 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 15 puntos para aprobar.

7.2. La convocatoria para las pruebas se realizará mediante llamamiento único al que los aspirantes deberán comparecer provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparezcan quedarán eliminados.

7.3. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

8.–Relación de aprobados y llamamiento.

8.1. Terminada la calificación de las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Fontellas y en el lugar de celebración de las mismas, la relación de aprobados por orden de puntuación total obtenida y la remitirá al Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Fontellas para su aprobación, junto con el expediente completo del proceso selectivo.

Si se produjeran empates se dirimirán en favor del aspirante de mayor edad.

8.2. Los aspirantes aprobados podrán ser llamados, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en la Escuela Municipal de Música de Fontellas, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria, y demás normativa de aplicación.

8.3. Para el llamamiento, se tendrá en cuenta lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 3, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la redacción dada por la Ley Foral 16/2002, de 31 de mayo, por la que se regulan aspectos de acceso al empleo de las personas con discapacidad en la Comunidad Foral de Navarra.

8.4. Los contratados serán dados de alta y afiliados al Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota correspondiente, así como la retención del I.R.P.F. en las cuantías que procedan. El puesto de trabajo estará dotado con la remuneración correspondiente al nivel B.

8.5. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos competentes cuando las necesidades del servicio así lo requieran.

En principio las jornadas laborales, en todos los casos parciales, son carácter semanal son las siguientes:

–Especialidad violín: 3 h.

–Especialidad Trombón: 1:30 h.

–Especialidad percusión: 6 h.

–Especialidad flauta travesera: 2:15 h.

–Especialidad clarinete: 6:30 h.

–Especialidad acordeón: 1:15 h.

–Especialidad piano: 6:30 h.

–Especialidad guitarra: 10:45 h.

–Especialidad Saxofón: 5: 45 h.

9.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguiente recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Fontellas, 7 de mayo de 2015.–El Alcalde-Presidente, firma elegible.

ANEXO I

Don/Doña

D.N.I./Carta de identidad

Fecha de nacimiento (día, mes, año)

Nacionalidad

Domicilio actual (calle, número, escalera, piso)

Población

Código Postal

Teléfono móvil

Teléfono fijo

EXPONE:

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

Que aporta documentación acreditativa de la condición de minusválido, expedida por organismo competente.

SOLICITA:

Ser admitido a la convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de Profesor de Escuela Municipal de Música de Fontellas, en la especialidad de ..................................., publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número ........., de fecha .......................

Fontellas, ......... de .................... de 20.....

(Firma)

Protección de datos.

En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de 13 de diciembre de 1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso, se utilizarán exclusivamente para el ejercicio de las competencias municipales en el procedimiento de selección y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos del Ayuntamiento de Fontellas, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General (Plaza de los Fueros, 1, en Fontellas).

Código del anuncio: L1507092